Alternativas para frenar un desahucio


El primer paso a dar es siempre tratar el problema con la entidad que ha concedido la hipoteca. La comunicación debe ser fluida e iniciarse en cuanto hay problemas para afrontar uno o dos pagos de la cuota puesto que los problemas suelen ir incrementándose con el tiempo. Todas las entidades han puesto en marcha planes de renegociación que incluyen aplazamientos, modificación de las condiciones o conversión del contrato en alquileres sociales.

Aunque, la manera quizás más efectiva para parar un desahucio es tratando de darle la vuelta a la tortilla, el afectado deberá denunciar a la entidad bancaria alegando que sus clausulas del contrato hipotecario son abusivas, de esta manera el procedimiento pasará a tratarse en el juzgado de lo mercantil. Al tratarse de una "cuestión prejudicial civil directa" y corresponder a otra sede judicial, esta demanda tendrá prioridad sobre la de ejecución del desalojo, con lo cual el fallo puede tardar entre 3 o 4 años, debido a la sobrecarga del juzgado de lo mercantil. Debemos recordar que la mayoría de contratos hipotecarios contienen clausulas abusivas para el consumidor. De todas formas, se trate de un contrato con clausulas abusivas o no, se abre el procedimiento y se da dicho tiempo mientras se abren las investigaciones pertinentes.

Por otra parte, existen determinados colectivos a los que las entidades firmantes del código de buenas prácticas para la banca (Santander, BBVA, Bankia, Caixabank, Banco Popular, Banco Sabadell, Banesto, Bankinter, Banca March, Liberbank, CatalunyaCaixa, Kutxabank, BMN, Novagalicia Banco e IberCaja Banco) están obligadas a flexibilizarles la deuda hipotecaria. Son aquellas familias con todos sus miembros en el paro, para las que el pago de las cuotas hipotecarias supere el 60% del conjunto de sus ingresos -aunque sean prestaciones por desempleo- y en los que la hipoteca este concedida sobre su única residencia, no superando ésta los 120.000 euros en pequeñas poblaciones o los 200.000 en grandes ciudades. Si se forma parte de este grupo hay que acreditarlo ante la entidad, quién en el plazo de un mes deberá presentar un plan de refinanciación que incluye un periodo de carencia de cuatro años sobre el pago del capital y un límite de euríbor más 0,25 en los intereses. Si aun así no es posible hacer frente a la deuda, la entidad podrá ofrecer una quita y, en última instancia, saldar la deuda con la entrega de la vivienda (dación en pago) y permitir que la familia siga residiendo en ella bajo un alquiler social durante dos años.

Para quienes queden fuera del umbral de protección del código de buenas prácticas se ha introducido el paraguas del decreto antidesahucios que paraliza durante 24 meses el desalojo de familias numerosas, monoparentales con hijos, parados sin prestación o discapacitados siempre que cobren menos de 19.200 euros anuales y cuya cuota hipotecaria suponga el 50% de sus ingresos.

Vuestro juego se acaba

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